SEGURIDAD Y CONFORT
Disfrutarás del efecto de la tranquilidad. La revisión y mantenimiento por personal cualificado y con repuestos originales, garantizan la ausencia de problemas indeseados.
CONSUMO REDUCIDO
Plan de mantenimiento en el que se controla y corrige la eficiencia de la caldera, consiguiendo de esta manera la reducción del consumo de la instalación.
CUMPLIMIENTO DE LAS EXIGENCIAS LEGALES
La ley obliga a realizar una revisión anual de la caldera. Nuestras revisiones y mantenimientos incluyen las operaciones de mantenimiento exigidas por ley.
TODO INCLUIDO
Mano de Obra
Desplazamiento
Asesoramiento telefónico y vía mail
Revisión anual obligatoria
SERVICIO PREFERENTE
Atención preferente incluso en temporada. Servicio urgente con descuentos para clientes con mantenimiento.
AHORRO
Una vez finalizada la extensión de garantía, puedes beneficiarte de un descuento en piezas durante la vida útil del producto.
Precios
Precios sin I.V.A vigente y bajo cotización de técnico in situ según estado y modelo de equipo.
Revisión
Revisión estufa Biomasa
€120 (145,20€ IVA incluido)
- Revisión Caldera de Biomasa
Revisión
Mantenimiento y Revisión estufa Biomasa
€155 (187,55€ IVA incluido)
- Revisión Caldera de Biomasa
Revisión
Revisión Caldera de Biomasa
€155 (187,55€ IVA incluido)
- Revisión Caldera de Biomasa
Mantenimiento y Revisión
Mantenimiento y Revisión Caldera de Biomasa
€ 195 (235,95€ IVA incluido)
-
Mantenimiento y revisión Caldera de Biomasa con revisión incluida
Contacto
Clientes que confían en nosotros
Modelos de calderas
Técnicos cualificados
Motivos para ser mantenido por crm
Revisión i mantenimiento caldera de Biomasa
Revisión mantenimiento caldera biomasa. Plan de mantenimiento en el que se controla y corrige la eficiencia de la caldera, consiguiendo de esta manera la reducción del consumo de la instalación. Seguridad, confort, cumplimiento de las exigencias legales.
SATCRM, empresa familiar situada en el Vallès (Barcelona), especializada en mantenimientos y revisiones de calderas de biomasa.
Con más de 19000 clientes que confían en nosotros y un gran equipo técnico. SATCRM le ofrece la revisión de su caldera y la garantía de una empresa líder en el sector.
Sólo el Servicio Técnico Oficial puede garantizarle el máximo rendimiento y seguridad de su equipo y la tranquilidad de su hogar. Y es que, nadie conoce su equipo como nosotros.
Piezas originales: Trabajamos con recambios originales. Los costes de desplazamiento, mano de obra hasta 3 horas. Con la garantía del líder: disfrute de la tranquilidad y seguridad de saber que su equipo está perfectamente revisado y mantenido. Una revisión anual obligatoria (RITE). Cita previa: le llamamos con anterioridad y así sabrá a qué hora va a llegar el técnico y no perderá su valioso tiempo esperando. Profesionalidad: SATCRM forma exhaustivamente a sus técnicos, que reparan y mantienen todo tipo de equipos. Seguridad: en la revisión anual revisaremos en profundidad todos los elementos de seguridad de su equipo. Tranquilidad: no se preocupe por nada, nosotros le llamamos para hacer la revisión anual obligatoria.* Análisis de combustión en la revisión. Limpieza de quemadores o elementos de fundición. Limpieza del cuerpo aleteado, si fuese necesario. Verificación y puesta a punto de los mecanismos de regulación. Verificación y puesta a punto de los mecanismos de control. Verificación y puesto a punto de los mecanismos de seguridad. Verificación y regulación de presiones . Verificación y regulación de presiones en agua. Verificación del funcionamiento de la bomba circulatoria. Comprobación de la salida de gases. Comprobación de pérdidas de combustible de la caldera y en depósito en zonas visibles. Entrega del certificado de correcto mantenimiento y etiqueta RITE.
* Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio. Para potencias de más de 40 kW consultar con nuestro departamento técnico comercial.
– El coste de las piezas a sustituir. – Descalcificación de la caldera. – Limpieza de la chimenea (deberá ser realizada por una empresa especializada). – Responsabilidades en las intervenciones realizadas por personas ajenas al servicio técnico. – Averías causadas por fenómenos atmosféricos. – Reparaciones en la instalación (tuberías, rad).
Esta es una pregunta muy frecuente, ya que crea mucha confusión. Vamos a resumir los puntos que indica el reglamento: Un mantenimiento defectuoso puede provocar averías graves, peligrosos defectos de combustión, pérdida de eficiencia, emisiones contaminantes, mayor consumo e incumplimiento de la normativa actual.
El nuevo Reglamento de las Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE (Real Decreto 1027/2007 ) que entró en vigor el 1 de marzo de 2008, obliga a los usuarios de calderas y calentadores a gas a realizar una revisión obligatoria de la instalación anualmente. Esta revisión obligatoria de mantenimiento debe realizarla una empresa mantenedora certificada que debe emitir un certificado que el usuario debe conservar. En ocasiones se suele confundir esta revisión con la inspección de gas natural, que es obligatoria cada 5 años (según Real Decreto 919/2006, de 28 de julio) por la empresa que gestiona (Gas Natural, Endesa, Repsol, etc.). Resulta de gran importancia el cumplimiento de las revisiones obligatorias por su propia seguridad. Una mala combustión de la caldera puede provocar graves accidentes además de un consumo elevado de energía.
En la INSTRUCCIÓN 04/2008 SIE, en el capítulo 3: Mantenimiento, control y inspecciones de las instalaciones térmicas en los edificios, Artículo 15: Mantenimiento de las instalaciones, podemos leer:
15.1 Las operaciones de mantenimiento de las instalaciones serán realizadas por empresas instaladoras-mantenedoras de acuerdo con lo que dispone el RITE, y según la clasificación de las instalaciones definida en el artículo 6 de esta Instrucción: Donde en el apartado a) referente a las calderas de potencia nominal < 70kW, prácticamente todas las domésticas, se especifica: a) Instalaciones de clase 1 (subclase 1.1 y subclase 1.2): Se debe realizar el mantenimiento por una empresa instaladora-mantenedora y de acuerdo con las instrucciones del Manual de uso y mantenimiento de la instalación. En las instalaciones existentes en la fecha de entrada en vigor del RITE (01.03.2008) que se puedan clasificar en este apartado a), el mantenimiento por una empresa instaladora-mantenedora se debe de hacer, como mínimo, de acuerdo con la tabla 3.1, operaciones de mantenimiento y su periodicidad, de la IT 3 del RITE. Es en la nombrada tabla 3.1: Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad de la Instrucción Técnica IT3 : Mantenimiento y uso del REAL DECRETO 1027/2007 donde se indica que se debe realizar la revisión obligatoria una vez al año para las calderas de gas de < 70kW. Además en los artículos 26 y 28 del decreto se hace referencia a la labor de la empresa mantenedora autorizada. Respecto al certificado de mantenimiento, el punto 15.4 de la misma INSTRUCCIÓN 04/2008 SIE dispone: 15.4 Las instalaciones térmicas en régimen de generación de calor o frío, de potencia térmica nominal P igual o superior a 5 kW, incluidas las instalaciones existentes en la fecha de entrada en vigor del RITE (01.03.2008), deben disponer del Certificado de mantenimiento que las empresas instaladoras-mantenedoras habrán de extender anualmente al titular de las instalaciones a las cuales realizan el mantenimiento o lo tienen contratado, de acuerdo con lo que prevé el RITE. Es la INSTRUCCIÓN 6/2009 SIE: que aprueba el modelo de certificado anual de mantenimiento y la etiqueta de mantenimiento y inspección de las instalaciones térmicas en los edificios de Cataluña donde se detallan estos documentos que han de ser entregados al usuario titular.
Responsabilidad del titular El punto 5 del Artículo 25: Titulares y usuarios del REAL DECRETO 1027/2007 dice: 5. El titular de la instalación será responsable de que se realicen las siguientes acciones: a) encargar a una empresa mantenedora, la realización del mantenimiento de la instalación térmica; b) realizar las inspecciones obligatorias y conservar su correspondiente documentación; c) conservar la documentación de todas las actuaciones, ya sean de reparación o reforma realizadas en la instalación térmica, así como las relacionadas con el fin de la vida útil de la misma o sus equipos, consignándolas en el Libro del Edificio. Los usuarios de equipos de > 70kW al tener la obligatoriedad de suscribir un contrato de mantenimiento con una empresa mantenedora no tienen este problema. Son los usuarios titulares de < 70kW (prácticamente todas las calderas domésticas) los que han de preocuparse de llamar una vez cada año a la empresa mantenedora para solicitar la revisión anual obligatoria. Usted no solo no habrá de sufrir por pasar la correspondiente revisión de su instalación si no que además disfrutará de una cobertura y ventajas muy superiores y a un precio inferior que si solo se preocupara de pasar la revisión obligatoria. Infórmese y/o llame al 938413700 para cualquier consulta.
*Los documentos usados en este artículo así como otros asociados a la legislación de instalaciones térmicas en los edificios se pueden encontrar en el apartado de instalaciones frigoríficas, agua y climatización del buscador de la web del servicio InfoNorma del la web del Departamento de Empresa y Ocupación de la Generalitat de Catalunya.
También puede resultar interesante el documento Preguntas y respuestas sobre la aplicación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios que se encuentra en la web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.